17 de enero de 2020

SUBVENCIONES A ACTUACIONES DE ENERGÍAS RENOVABLES Y AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA EN CANTABRIA AÑO 2020





Estimado asociado,

Te informamos que el día 2 de Enero, se han publicado en el Boletín Oficial de Cantabria la Orden INN/48/2019, de 18 de diciembre, por la que se aprueba la Convocatoria para el año 2020 de las subvenciones a actuaciones en energías renovables y ahorro y eficiencia energética en Cantabria.

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones a actuaciones en energías renovables y ahorro y eficiencia energética por parte de personas físicas o jurídicas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria, mediante la aplicación de las siguientes tecnologías:

Energías renovables:
A. Solar térmica de baja temperatura.
B. Solar fotovoltaica.
C. Minieólica.
D. Biomasa térmica.
E. Geotermia.
F. Aerotermia

Ahorro y eficiencia energética:
G. Renovación de instalaciones de iluminación por tecnología led y sistemas de control y regulación de la iluminación que se encuentren en funcionamiento, quedando totalmente excluidas del ámbito de la subvención las de obra nueva.
H. Puntos de recarga de vehículos eléctricos.
I. Microcogeneración.

Beneficiarios. Podrán tener la condición de persona beneficiaria las personas físicas mayores de edad con capacidad de obrar empadronadas en Cantabria, así como las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, con residencia fiscal en Cantabria o que cuenten, al menos, con un centro de actividad en la Comunidad Autónoma. También podrán ser beneficiarias las empresas de servicios energéticos (ESE).

El importe total de la inversión subvencionable, suma de los importes de los conceptos de inversión subvencionables, debe estar comprendida entre 5.000 y 100.000 euros por solicitante. Podrá ser subvencionada más de una actuación de un mismo solicitante, pero en todo caso se respetarán los límites fijados en el punto anterior

Intensidad y compatibilidad de las subvenciones.

El importe de la subvención será:

Tipo de tecnología                                    Importe de la subvención %
Solar térmica, Aerotermia y Led                             30%
Puntos de recarga de vehículos                                50%
Resto de tecnologías                                                 40%

Plazo presentación
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el 2 de enero de 2020 hasta el 30 de junio de 2020

Serán subvencionables las inversiones realizadas por la persona solicitante entre:
— el 21 de agosto de 2018 y el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, ambos inclusive, para la tecnología geotermia;
— el 21 de agosto de 2019 y el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, ambos inclusive, para el resto de tecnologías.

Disponéis de toda la información en los siguientes enlaces