19 de enero de 2023

Jornada informativa Subvenciones Telecomunicaciones - 25 de Enero

 




Estimado asociado

 

CEOE-CEPYME Cantabria y ASIECAN, en colaboración con la Dirección General de Transportes y Comunicaciones del Gobierno de Cantabria, organizan la siguiente jornada informativa con el objetivo de trasladar información relevante sobre las siguientes convocatorias de ayudas para infraestructuras de Telecomunicaciones que están actualmente en vigor

 

Esta jornada tendrá lugar el próximo Miércoles 25 de enero, de 16h a 17:30h en el Salón de actos CEOE CEPYME Cantabria, C/ Tres de Noviembre 38, Santander

 

En el siguiente enlace podrás hacer la inscripción a esta jornada así como consultar el programa de la misma

https://ceoecantabria.es/evento/jornada-asiecan

 

-         Orden IND/21/2022, de 6 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos de la CCAA de Cantabria, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

 

Centrándonos en la que puede ser de interés para vuestras empresas:

Línea de actuación

Descripción

Zonas elegibles

Intensidad de las ayudas

Ejemplos:

Línea 3

Instalar una red de comunicaciones de alta velocidad en cada una de las fábricas, centros o dependencias que formen parte del ámbito de actuación material (*)

Zonas conocidas como zonas blancas de telecomunicaciones (**)

 

Intensidad máxima de la ayuda del 80% del coste de conceptos subvencionables, con máximo de 70.000 € de subvención por actuación.

 

(NOTA: el IVA no es gasto subvencionable)

Red de comunicaciones de alta velocidad en el interior de una fábrica.

 

(*)          Los ámbitos de actuación material son los polígonos industriales, centros logísticos, así como otras áreas de alta concentración empresarial, como parques empresariales, viveros de empresas y parques científicos o tecnológicos localizados en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

                            (**)       Zonas blancas de telecomunicaciones: Zonas geográficas que carecen de cobertura NGA o de previsiones de despliegue a tres años;

 

En resumen, se trata de subvenciones para:

o   polígonos/centros logísticos/agrupaciones de empresas ubicadas en zonas blancas de telecomunicaciones de Cantabria

o   para la instalación de una red de comunicaciones de alta velocidad en el interior de la fábrica/edificio

o   que deberá ser ejecutado por un instalador autorizado y adherido a la orden

o   con una intensidad máxima de ayuda del 80% del coste de los conceptos subvencionables, con un máximo de 70.000 € de subvención por actuación

o   con un plazo máximo de ejecución el 31 de diciembre de 2023

 

-         Orden IND/27/2022, de 21 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

 

Esta orden tiene igualmente varias líneas de actuación, línea a, línea b y línea c. Todas ellas son interesantes para los instaladores autorizados, que serán quieres lleven a cabo las actuaciones.

 

En este caso no hay limitación por zonas, sino que cualquier edificio sujeto al régimen de propiedad horizontal concluido antes del 1 de enero de 2000 que cumpla con los requisitos de las líneas de actuación es susceptible de solicitar la ayuda, independientemente de la zona en la que se encuentre ubicado.

 

Tipo de actuación

Descripción

Beneficiarios

Intensidad de las ayudas

Ejemplos:

Línea a

Infraestructura de telecomunicaciones adaptada para Radiodifusión Sonora, Televisión Digital y Banda Ancha Ultrarrápida (instalación completa).  

Comunidades de propietarios de un edificio o conjunto de edificios sujetos al régimen de propiedad horizontal, en edificios concluidos antes del 1 de enero de 2000.

Máximo 70% de los costes subvencionables que consten en las facturas con los límites del Anexo III, es decir:

-          Máximo coste unitario por vivienda de 680 €

-          Máximo subvencionable de 35 viviendas

 

Fórmula del cálculo de subvención máxima:

680€ de coste unitario por vivienda * nº viviendas (máximo 35 ) * 70% de intensidad de ayuda

(En caso del máximo de 35 viviendas, 16.660€ de subvención máxima)

 

(NOTA: el IVA no es gasto subvencionable)

Renovación de toda la infraestructura de telecomunicaciones del edificio

(radiodif + TV digital

+ banda ancha)

Línea b

Infraestructura de telecomunicaciones adaptada para Radiodifusión Sonora, Televisión Digital y Banda Ancha Ultrarrápida (instalación parcial, al no incluir para Radiodifusión Sonora y Televisión Digital ni los elementos de captación-antenas ni de adaptación- equipamiento de cabecera)

Máximo 70% de los costes subvencionables que consten en las facturas con los límites del Anexo III, es decir:

-          Máximo coste unitario por vivienda de 600 €

-          Máximo subvencionable de 35 viviendas

 

Fórmula del cálculo de subvención máxima:

680€ de coste unitario por vivienda * nº viviendas (máximo 35 ) * 70% de intensidad de ayuda

(En caso del máximo de 35 viviendas, 14.700€ de subvención máxima)

 

(NOTA: el IVA no es gasto subvencionable)

Renovación de toda la infraestructura de telecomunicaciones del edificio, excepto para la parte de radiodifusión sonora y TV digital, las antenas y equipamiento de cabecera.

(radiodif sonora+TV digital sin antenas y equipamiento de cabecera

+banda ancha

Línea c

Infraestructura de telecomunicaciones adaptada, exclusivamente, para Banda Ancha Ultrarrápida.

Máximo 70% de los costes subvencionables que consten en las facturas con los límites del Anexo III, es decir:

-          Máximo coste unitario por vivienda de 485 €

-          Máximo subvencionable de 35 viviendas

 

Fórmula del cálculo de subvención máxima:

680€ de coste unitario por vivienda * nº viviendas (máximo 35 ) * 70% de intensidad de ayuda

(En caso del máximo de 35 viviendas, 11.882,50€ de subvención máxima)

 

(NOTA: el IVA no es gasto subvencionable)

Únicamente la parte de banda ancha.

 

                En resumen, se trata de subvenciones para:

o   comunidades de propietarios sujetos al régimen de propiedad horizontal

o   destinadas a

§  a) Renovación de la infraestructura de telecomunicación completa

§  b) Renovación de la infraestructura de telecomunicación completa, excepto para la cabeceras las antenas y el equipamiento de cabecera

§  c) Renovación únicamente de la parte de banda ancha ultrarrápida

o   que deberá ser ejecutado por un instalador autorizado y adherido a la orden

o   con una intensidad máxima de ayuda del 70% de los costes subvencionables, con un coste máximo por vivienda de 680€, 600€ o 485€ en función del tipo de actuación, y con un máximo de 35 viviendas por edificio.

o   con un plazo máximo de ejecución el 31 de diciembre de 2023